La SEMFyC ha creado un documento que como explica el título enumera una serie de medidas para disminuir la burocracia que inunda nuestras consultas. En la introducción del documento se puede leer los siguientes párrafos que me parecen tremendamente interesantes:
"Creemos que la incesante derivación de tareas no propias de un médico de familia a nuestras consultas (tendencia que, en vez de disminuir, sigue aumentando),junto con la hiperfrecuentación, son los principales motivos del aumento imparable de la demanda sobre los que podemos actuar desde nuestros puestos asistenciales. Esto, como es obvio, tiene consecuencias negativas para la actividad propia del médico de familia y ocupa hasta un 30 % de nuestro tiempo en consulta (en algunos casos, aún más). Este tiempo deberíamos dedicarlo a tareas propias del médico de familia, como las actividades preventivas, el control más estrecho de los pacientes crónicos, las visitas a domicilio, la cirugía menor, el control de anticoagulación oral, la reducción de las derivaciones a la atención especializada, la realización de actividades docentes e investigadoras, etc., actividades todas ellas que, en la actualidad, o no se realizan o se hacen con un gran esfuerzo adicional por parte del médico de familia".
"El acuerdo es unánime en que los países que disponen de una Atención Primaria capaz y de calidad consiguen mejores niveles de salud, mayor satisfacción de la población con sus sistemas sanitarios y menores costes del conjunto de los servicios sanitarios".
Pues bien en el documento se citan 23 medidas que agrupan en 5 categorias.Paso a hacer un resumen de las que me parecen más interesantes.
1. Recetas:
1.Recetas indicadas por tratamiento hospitalario privado-concertado, planes de choque o similares. Se propone el abstenerse de hacer estas recetas y cualquier otra cuya responsabilidad no estemos dispuestos a asumir.
2.Recetas de fármacos de diagnóstico hospitalario que luego debe visar el servicio de inspección. Se propone no hacerlas ya que son fármacos que no estamos autorizados a prescribir.
3.Recetas de prescripciones realizadas por atención especializada hasta próxima revisión. Se propone que el especialista emita todas las recetas hasta próxima revisión.
4.Recetas de organismos privados concertados.(como residencias geriátricas).Se propone: solicitar a las administraciones la autorización de prescripción a estos organismos con las mismas características que para el resto de los facultativos del sistema público de salud. Tiene su lógica hacemos vales descuentos para tratamientos de pacientes que tenemos en nuestro cupo, pero de los que no somo sus médicos, lo son sus médicos de la residencia.
2.Justificantes:
1.Justificante de asistencia a la consulta. Al igual que en los hospitales los justificantes de ingreso los hacen en admisión, pues que los administrativos del centro de salud hagan los de asistencia a consulta.
2.Justificante de asistencia a la consulta a petición de los colegios. Se propone el no hacerlos, es labor de sus padres justificar sus ausencias y no nuestra.Se refieren al caso de los menores de edad.
3.Justificantes de enfermedad a posteriori. Se deberían no hacer, hacemos justificantes de cuadros que no hemos visto y que lo máximo que podemos decir es que el paciente refiere que.
3. Pruebas complementarias:
1.Cumplimentación de cualquier solicitud de prueba complementaria solicitada por otro profesional. El RD1030/2006 especifica la no inclusión de la realización de estas pruebas por interés de terceros.
Informes, registros de actividad y otros.
1.Certificados para el acceso a oposiciones o pruebas selectivas, permisosde armas, etc. No estamos obligados a su cumplimentación, según el RD 1030/2006. Sólo está incluida en la sanidad pública la expedición de informes sobre el estado de salud actual del paciente, no certificados de aptitud o ausencia de determinadas enfermedades, que supondrían la realización de varias pruebas complementarias.
2.Informe para balnearios, gimnasios, ayuntamientos, etc.Se propone: dejar de cumplimentar estos informes por su nulo valor clínico.
3.Exámenes de salud escolar para matriculación en centros de enseñanza pública. En algunas comunidades autónomas se exige este tipo de certificados para matricular a los niños en las escuelas. Se propone: que la semFYC informe a las administraciones de la no procedencia de dicho documento, dado que la educación es un derecho constitucional que no se puede denegar
por razones de salud.
Por supuesto que hay muchas más, os recomiendo la lectura del documento que teneis aquí
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Hace 11 horas
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